DECLARACION PUBLICA
ACHICPLA A.G.
Ante la Emergencia Sanitaria decretada por el Gobierno de Chile por la Pandemia Covid 19, la ASOCIACION CHILENA DE EMPRESAS DE CONTROL DE PLAGAS A.G., se hace un deber informar lo siguiente:
1.- Según el Instructivo para permisos de desplazamiento del Gobierno de Chile, actualizado al 2 de abril de 2020, las Empresas Aplicadoras de Pesticidas de Uso Sanitario autorizadas y reconocidas por el Ministerio de Salud, están incluidas para:
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- El desplazamiento de personas solo para fines específicos (Desinfección y Sanitización) (Punto II del Instructivo)
- Para lo anterior deberán portar la credencial de Responsable Técnico y de Aplicador de Pesticidas (según Reglamento 157/2005) (Punto II del Instructivo)
- Deberán contar con la Resolución Sanitaria que les autoriza como Empresa Aplicadora de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico (Reglamento 157/2005)
- Deberán portar la Orden de Trabajo, Orden de Compra y/o Certificado que tenga un timbre de «Emergencia» (Punto II, número 2 del Instructivo)
- Cédula de identidad del funcionario (Punto II del Instructivo)
2.- Siendo la Desinfección y Sanitización el servicio más requerido y necesario para controlar el Covid 19, Achicpla reitera que este servicio solo lo deben prestar Empresas o Instituciones que cuenten con Resolución Sanitaria emitida por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región donde se encuentran ubicadas. Esta condición se da por el hecho que en la Desinfección y Sanitización se utilizan productos con registro del Instituto de Salud Pública, quedan exceptuados los sanitizantes líquidos en base a hipoclorito de sodio (Resolución n° 3265/2008.
3.- Para esta emergencia sanitaria Achicpla A.G. insiste en la necesidad de que cada Empresa de Control de Plagas, cuente con un Asesor Técnico o profesional acreditado ante la Seremi de salud correspondiente, quien debe cumplir los protocolos de Desinfección y Sanitización habituales.
4.- Es muy importante que los Servicios de Desinfección y Sanitización estén correctamente certificados al momento de prestar el servicio, y extender la garantía de los servicios, según la residualidad del producto Desinfectante utilizado y las condiciones de infraestructura e higiene ambiental de la instalación; que en todo caso no debe superar las 24 horas de efectuado el servicio. Esto se puede acreditar según estudios de EPA y CDC.
5.- Velar por la seguridad y salud de cada trabajador de la empresa, usando elementos de protección personal en calidad y cantidad suficiente, desinfectar el vehículo de transporte, los baños y duchas a diario, correctamente uniformados. Debemos ser el ejemplo de servicio en esta Emergencia Sanitaria. Recordar que por portar una Resolución Sanitaria que nos autoriza, somos auxiliares del Ministerio de Salud y ahora nos necesitan.
6.- Achicpla A.G. reitera a los Directivos y Profesionales de las Municipalidades, Instituciones Públicas y Privadas, Empresas privadas y Comunidad en general, que solo deben contratar a empresas de Control de Plagas que cuenten con Resolución Sanitaria, personal Capacitado y que utilicen productos Desinfectantes y Sanitizantes que tengan Registro del Instituto de Salud Pública. Si tienen dudas pueden consultar en WWW.ACHICPLA.CL, o enviar una correo a contacto@achicpla.cl
7.- Achicpla A.G. está consciente de la gran demanda de servicios que genera esta Pandemia, y agradece el esfuerzo de cada Aplicador y Técnico de Control de Plagas de nuestro país, y estamos convencidos que saldremos fortalecidos de este desafío Mundial y Nacional, y volveremos a valorar con mayor fuerza la Higiene Personal, Higiene Ambiental y la Solidaridad como eje de nuestras vidas.
Directorio Achicpla A.G.
Santiago, 2 de Abril de 2020